lunes, 7 de mayo de 2007

TLC y la Constitución Politica

El TLC no esta sobre la Constitución Politica, por consiguiente cualquier articulo que vaya contra nuestra constitución puede ser posteriormente anulado por la Sala Constitucional (art. 73. inciso e Ley de Jurisdicción Constitucional)

"Los tratados públicos, los conveniosinternacionales y los concordatos debidamente aprobados por la AsambleaLegislativa, tendrán desde su promulgación o desde el díaque ellos designen, autoridad superior a las leyes." Art 7 C.P
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" Supremacía constitucional :Concepto procedente de la Teoría pura del Derecho de Hans Kelsen, y que supone la estructuración del ordenamiento jurídico en una pirámide jerárquica en la que la Constitución ocuparía la cúspide. Así, la supremacía supone el punto más alto en la escala jerárquica normativa, de manera que cualquier norma posterior y contraria que eventualmente entrase en colisión con la norma suprema provocaría la nulidad de la norma inferior."(wikipedia)

*actualizado el 7/5/07 a las 20 horas..

33 comentarios:

Amorexia. dijo...

mmm... este como uno de los principales diferendos ante el tratado es un tema importante de analizar y discutir con la gente que entiende bien estos temas. Algún jurista?

Julio Córdoba dijo...

Qué pensaran los opositores que temen la posibilidad de perder poder en una constituyente bolivariana?

H3dicho dijo...

Mae, amorexia.. ud sabe que H3DICHO se asesora bien antes de publicar algo...

Julio, una nueva constitucion? interesante.. jajajaja

Julio Córdoba dijo...

Es que entre menos vínculos internacionales tenga el país menos tendrán que desbaratar para hacer un estado chavista costarricense...

ººEl Chamukoºº dijo...

Bueno, bueno, que los Magistrados nos saquen de la duda si hay algún punto o coma inconstitucional ANTES DE VOTAR EN EL REFERENDUM.

Ellos son los máximos intérpretes de la Constitución por ley, y lo que opine este Chamuko vale una mierda a la par de los que esos majes digan.

Que se analice el TLC en la Sala Cuarta.

VOTARIAS QUE SI, A ALGO QUE NO CONOCES O NO SABES SI ES INCONSTITUCIONAL? (Esa idea se la robé a un compa)

Mandagüevo dijo...

MG considera que el tema de la Sala VI es importante, pero que es usado como una distracción.

Todos sabemos que se va a consultar, sabíamos que se iba a consultar, sabemos que se consutará.

Entonces, porque tanto brinco?, querian referendo, pues lo tenemos!.

Saludos

ººEl Chamukoºº dijo...

MG: Sabes que el Chamuko apoya el Referéndum, independientemente si lo convocó Barney o los Teletubbies, jajaja.

Pero a mi me encantaría saber cuál es la posición de la máxima autoridad en cuanto a interpretación de la Constitución antes de irme a votar en el Referendum, ¿A poco a vos no?

Ke se apuren los magistrados, de por sí les pagamos muchos millones de colones en sueldo con los impuestos que damos.

Es más, los pro-tlc deberían ser los primeros en estar jodiendo a la Sala 4 para que se pronuncie de una vez, si no hay vicios de inconstitucionalidad, pos prácticamente tendrían luz verde para el proyecto, ¿qué pasa con los diputados del PLN? ¿se la pasan haciendo cartitas de recomendación al MEP para sus pegabanderas?

Pero bueno, de todos modos, si no hay consulta preliminar, seremos el pueblo (yo, tu, el ella, nosotros, vosotros, ellos y ellas) quienes decidamos la suerte del TLC y lo mejor para el país y para todos es que TODOS ACEPTEMOS EL RESULTADO.


Saludos

Florencia dijo...

Me parece una excelente idea el conocer la posición de los magistrados al respecto pues a mí en lo personal, una de las principales razones que me ha frenado de tomar una posición es precisamente esa, la posible inconstitucionalidad. Aunque el otro día un abogado me dijo que ningún tratado internacional podía estar por encima de la constitución, pero conociendo al Tío Sam y su m.o. también y la agarra de papel higiénico...

Amorexia. dijo...

Pués la verdad es que si se puede luego derogar los articulos incosntitucionales y dejar su cuerpo escencial de ser aprovado, creo que ponerse a ver vicios de inscontitucionalidad en este momento, y dado como se han dado los hechos y el obstruccionismo de la oposición, esto seria solo una distracción o excusa para atrasarlo, que de por si parece la posición oficial de algunos grupos de el NO ultimamente.
De igual forma ya hay referendum como dicen por ahí, y será el pueblo el que eligirá, pueblo que siempre estará por sobre la contistución política, ya que este es su razón de ser.

Julio Córdoba dijo...

El problema de llevarlo a la Sala es que si esta dice que todo está bien se escuchará las siguientes voces:

-componenda!!!
-golpe de Estado!!!
-manipulación!!!
-contubernio!!!!

Ya hemos visto como los sindicatos hasta cuestionan al TSE con tal de deslegitimar el referéndum.

Entonces: lo que dice la Sala IV les pela... lo que diga el pueblo les pela y lo que hace la Asamblea Legislativa les peló desde hace rato.

Prefiero que votemos. Que la Asamblea Legislativa tome la posición del pueblo y que luego valla a la Sala IV.

Anónimo dijo...

Muy de acuerdo con el comentario de Julio Cordoba.

.DNS. dijo...

Lo que dice Julio es cierto, en este pais no se puede estar contento con todo el mundo, los contra-TLC(no todos) no van a estar tranquilos con nada.. la unica forma de que se calmen es que no se apruebe el TLC y ya, no importa como, puede bajar Dios mismo y asegurarnos que no va a traer malas consecuencias al pais, que siempre va a haber gente que no está satisfecha

Turales dijo...

Sin ser abogado, yo me atravería a decir que en la Asamblea Legislativa, nunca una ley es enviada a consulta constitucional sino hasta después de que esta es votada, aunque sea, en primer debate. El papel de la Sala sería determinar, posterior a esta votación, que artículos pueden o no rozar con la Constitución. Me parece que aquí es donde está el gran debate, es decir, si posteriormente a ser aprobado (como sé que va a ser) la inconstitucionalidad dictada por la Sala podría eliminar algunos puntos del Acuerdo o simplemente crearía una especie de clausas interpretativas.

Sin embargo, para no batear les dejo un artículo de Ruben Hernández del Valle sobre este mismo tema. Para los que no saben, pueden preguntarle a cualquier abogado quién es este señor, y se daran cuenta que él es el referente obligatorio en cualquier facultad de derecho de este país acerca del Derecho Constitucional.

ººEl Chamukoºº dijo...

Pos yo he escuchado que el TLC no se le puede cambiar ni una coma, así lo dijo el orejón, cuando el coyotón dijo ke jueran a usa a renegociar la vara.

Turales dijo...

Chamuko:
Efectivamente, no se le puede cambiar ni una coma, eso dicta la ley. Pero de igual forma, la ley constitucional no permite a los magistrados resolver consulta alguna sobre este tema en Tratados previa aprobación. Por más loable y beneficioso para la discusión que eso sea y a menos que se "saque algún conejo jurídico" de esos que suelen aparacer, no es procedente la consulta.

Y que va a pasar después, también es una buena pregunta... como le dije hay posiciones encontrandas.

1- La Sala IV puede exigir cláusulas interpretativas.
2- Limtar la aplicación de ciertos aspectos.
3-Algunos cree que incluso si el pueblo, como soberano, aprueba el TLC, todo lo que se diga ahí es palabra constitucional.

Lo que si no he escuchado es que se elimine el tratado en su totalidad, que sería lo que algunos desearían.

Elías Torres dijo...

Yo también apoyo el referendum, pero lo mejor es saber si es constitucional o no antes.

Y no, no es distracción (yo no soy obstruccionista) es que la constitucionalidad es lo mínimo que debería estar claro.

Saludos

H3dicho dijo...

Elias, el problema es la falta de conocimiento del tratado, por eso se debe debatir bastante..

Pero sinceramente cualquier vicio puede ser subsanado despues..

Y otra cosa... la voluntad del pueblo es santa palabra ..inclusive sobre la constitucion... Ya lo dijo Corrales una vez.. aunque ahora se quite...

jaguar del Platanar dijo...

Buenas, mi opinión es que debe ser revisado antes del referendo. Solo para estar claros.
Es lo mejor para evitar conflictos después (de cualquiera de los 2 lados).
Además, si algunos piensan en el dinero que costará el referendo si la Sala IV dice que no procede pues CR se ahorra esa plata. Si dice que pasa pues a votar sin ninguna duda de que la decisión de la gente será la definitiva.

d r dijo...

concuerdo con julio en que los contraTLC claramente no estan contentos con nada más que con el no rotundo, puede ser la propia madre quien los cuestione que simplemente la acusarían de corrupta y la desconecerían.

Y es que la constitución es lo más sagrado que tiene el país, pero es un texto que intenta dejar todas la reglas del juego en claro para un país. Y obviamente, ningún texto puede decir exactamente sin ambiguedades todo lo que esta bien y todo lo que esta mal.

Porque por ejemplo es inconstitucional despedir a los funcionarios públicos vagos y corruptos aún teniendo pruebas a menos de que acabe el proceso legal que tarde bien sabemos mínimo 2 años. Si no tenemos respeto por la constitución, quedamos sin que creer, pero yo veo muy claro que solo porque lo diga la constitución no quiere decir que este bien o este mal.

Y ya de manera puntual, los roces de constitucionalidad en especifico que indica la UCR me parecen no relevantes, por que se basan en ambiguedades, gran parte por cosas que no dice el TLC (reclaman que hace falta) y no tanto por texto que si este. Hay también un artículo de El Financiero.

Luna Místika dijo...

El TLC efectivamente está por debajo de la constitución. Pero las leyes nacionales también lo están, y aún así, cuando se va a votar una ley que resulta contraria a la Constitución Política, y la Sala IV señála la incostitucionalidad, esta ley debe ser modificada o eliminada, o sea que se archiva.

Por algo existe la Sala IV, y esto es en teoría para interpretar la Constitución y resolver cuando existen contradicciones con la norma suprema.

La pregunta es: Cual es la diferencia con el TLC?

Los Tratados Internacionales en su vía ordinaria pasan a la consulta de constitucionalidad cuando llegan a el Plenario. No se espera a que se apruebe el Tratado para buscar lo incostitucional.

Los Tratados son acuerdos vinculantes de caracter internacional, y es irresponsable decidir como país sin saber si respeta o no la legislación más elemental de nuestra construcción como sociedad.

Julia Ardón dijo...

En eso están en estos días los magistrados...viendo a ver qué ven ellos.

FuriaKS dijo...

Si en algun momento la gente duda de las decisiones que se tomen en la sala IV, no es culpa de la gente, si no de hechos anteriores de corrupcion en que no se puede creer nada hoy en dia, solo vean como en los ultimos años han habido montones de denuncias de actos de corrupcion, irregularidades en las mesas de votacion (mas vieja esa historia del chorreo de votos)y tampoco es un secreto que uno de los recursos seria la compra de conciencias como se ha dicho por ahi. Recuerden como Oscar A. llego al poder,con esos asuntitos tecnicos que muchos cuestionan, o incluso un cambio de magistrados en la sala IV despues que dieran el primer fallo.
Ahora vienen otra vez con la historia esa de que los no tlc son malos de la peli, anarquicos , etc. Vean si la mama de ustedes les llegara a mentir aunque sea solo una vez en la vida, diganme si va ser facil creerle de ahi en adelante, pongo de ejemplo alas madres por que por ahi dieron un ejemplode ellas.
De nuevo pido respeto y mejores conclusiones

SOLANO PEREZ RONALD dijo...

SUPREMACIA CONSTICIONAL Y LEGAL. TLC protocolo de menor Rango.
Estimados Amigas (os)
El Referendo sobre el TLC, votar si, implica simple y sencillamente, que los Ticos decidimos continuar comerciando con Nicaragua, Honduras, Salvador, Belice, Nicaragua, Republica Dominicana y USA, como hasta ahora y AMPLIADA, LIBRE DE IMPUESTOS.
Conforme con la Convencion del ONU sobre los TRATADOS y los Articulos 7, 121.14 y 140.19 de la Constitucion Política Tica, y por expresarlo en anexo 13 página 41 del TLC, este TLC es un protocolo de menor rango, sea no esta ni por encima de la Constitucion ni la Ley, de tal suerte que estan por encima del TLC los Recursos Naturales y el Ambiente, los Derechos Sociales, laborales, economicos, derechos del consumidor. Si tienen duda estudien los articulos 5, 6, 7, 11, 33, 45, 46, 69, 89, 121.14, 129, 140.19 de la Constitucion POlitica del CR, asi como la sentencia de la Sala Constitucional que lo cinfirma ( VEr pagina del TSE toda la senencia) Asi que con buen animo para el desarrollo y bienestar VOTAR SI es para continuar con nuestra salaud y desarrollo socio ambiental.
Saludos fraternales.
MLA Lic Ronald Solano Pérez Profesor Derecho Ambiental

SOLANO PEREZ RONALD dijo...

SUPREMACIA CONSTICIONAL Y LEGAL. TLC protocolo de menor Rango.
Estimados Amigas (os)
El Referendo sobre el TLC, votar si, implica simple y sencillamente, que los Ticos decidimos continuar comerciando con Nicaragua, Honduras, Salvador, Belice, Nicaragua, Republica Dominicana y USA, como hasta ahora y AMPLIADA, LIBRE DE IMPUESTOS.
Conforme con la Convencion del ONU sobre los TRATADOS y los Articulos 7, 121.14 y 140.19 de la Constitucion Política Tica, y por expresarlo en anexo 13 página 41 del TLC, este TLC es un protocolo de menor rango, sea no esta ni por encima de la Constitucion ni la Ley, de tal suerte que estan por encima del TLC los Recursos Naturales y el Ambiente, los Derechos Sociales, laborales, economicos, derechos del consumidor. Si tienen duda estudien los articulos 5, 6, 7, 11, 33, 45, 46, 69, 89, 121.14, 129, 140.19 de la Constitucion POlitica del CR, asi como la sentencia de la Sala Constitucional que lo cinfirma ( VEr pagina del TSE toda la senencia) Asi que con buen animo para el desarrollo y bienestar VOTAR SI es para continuar con nuestra salaud y desarrollo socio ambiental.
Saludos fraternales.
MLA Lic Ronald Solano Pérez Profesor Derecho Ambiental

FuriaKS dijo...

Aqui un extracto de la pagina http://www.ftaa-alca.org/WGroups/WGADCVD/spanish/010200.asp
en la cual aparece muy claro lo siguiente:
"No solo su Constitucion Politica otorga a los tratados internacionales un rango superior a las leyes, sino que tambien la Ley de la Jurisdiccion Constitucional considera a los tratados como parametros de constitucionalidad. Lo anterior significa que los individuos particulares pueden invocar procedimientos sumarios, como acciones de inconstitucionalidad y de amparo, cuando un acto de la administracion o una ley transgreden un acuerdo internacional. Esto es posible en virtud de lo estipulado por el articulo 7 de la Constitucion Politica de Costa Rica: "Los tratados publicos, los convenios internacionales y los concordatos debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendran, desde su promulgacion o desde el dia que ellos designen, autoridad superior a las leyes..."
Notese que la pagina es oficial del ALCA.
Por favor Sr. Ronald, ¿podria dar su argumento?

H3dicho dijo...

Furiaks, Cualquier acto de la administracion o ley que vaya contra un tratado internacional puede ser "anulado" por la Sala Constitucional.

A eso mismo se refiere el texto que estas citando. Pero tambien un tratado internacional que vaya contra la misma Constitucion puede ser anulado si atenta contra un principio constitucional.

Entonces, si alguna parte del TLC atentara contra un principio constitucional no podria sobrevivir mucho..

Me entiende?

FuriaKS dijo...

Hedicho, disculpeme por mi poca comprension del texto, y por no concordar con usted, pero segun mi parecer la constitucion llegaria a un nivel inferior, porque dice muy claro que se desaprueba cualquier movimiento que transgreda al acuerdo internacional, no al constitucion politica, solo se habla de un efecto directo hacia el acuerdo internacional y lo unico que se manciona de la constitucion es que el tratado llega a incluirse dentro de la constitucion y que se ubica en un nivel inferior que el tratado. Lo extraño es que esta en español HEDICHO, y aun asi causa controversia.¡No cree?
Pero eso apenas es una parte del texto,le invito a que lea todo el texto que esta en la pagina que ahi mostre: http://www.ftaa-alca.org/WGroups/WGADCVD/spanish/01

H3dicho dijo...

"la Asamblea Legislativa sí puede introducir al texto de un tratado negociado por el Ejecutivo declaraciones interpretativas que aclaren el contenido o ámbito de aplicación de las obligaciones asumidas por medio del acuerdo internacional propuesto"

"la Sala Constitucional para que la misma efectúe un examen preliminar sobre la constitucionalidad del tratado propuesto. Este examen preliminar tiende a centrarse en aspectos de procedimiento, pues esta evaluación no precluye la eventual interposición de posteriores acciones de inconstitucionalidad contra el tratado aprobado"

" No sólo su Constitución Política otorga a los tratados internacionales un rango superior a las leyes, sino que también la Ley de la Jurisdicción Constitucional considera a los tratados como parámetros de constitucionalidad. Lo anterior significa que los individuos particulares pueden invocar procedimientos sumarios, como acciones de inconstitucionalidad y de amparo, cuando un acto de la administración o una ley transgreden un acuerdo internacional."

Ahi copy/pastie las partes que me parecieron importantes.

Y no agrega nada que no estemos tomando en cuenta en este post.

Y claro Furiaks, es fácil confundirse, pero para eso se armo este BLOG, para desconfundir.

En el caso en concreto SI alguna parte del TLC posteriormente se le encuentra alguna inconstitucionalidad puede ser "anulada".

Y es importante prestarle atencion a las negritas

FuriaKS dijo...

HEDICHO, no se que decir, la verdad eso esta en español! estoy buscando donde esta el problema, porque tu ultimo comentario es una regresion, por favor, sacame de dudas, mira, si el texto dice: "rango superior a las propias leyes" ¿Porque vas a decir que no dice eso?
Talvez te hubiera creido si decis que se tratan de otras leyes, pero no dando soporte a lo que yo di primero.
La verdad estoy preocupandome?
Sera que hablamos diferentes lenguas españolas.
De verdad Hedicho, usa alguna otra metodologia, porque realmente me interesa.
Necesito conocer realmente donde reside su argumento.

H3dicho dijo...

Furiaks, acabo de comprender donde esta su confusión..

La Constitución es una "ley" pero una ley con un rango superior, a un tratado internacional y a cualquier otros instrumento juridico.

Osea, el trato de libre comercio es superior a las leyes convencionales , no a la Constitución.

Lo voy a poner en otras palabras para que me entienda.

"La Constitución es doña toda, y ningún TLC o tratado internacional estará sobre ella"

Eso mismo lo dice todos los comments anteriores y el propio post, e inclusive la misma fuente que ud. cito.

Sorry que no le habia contestado antes, pero con el último comment daba por concluida la discusión, poerque a mi parecer estaba bastante claro. Veo que me equivoque, si tiene dudas, vuelva a comentar.

FuriaKS dijo...

Bueno, en lo que no estoy claro es que unos citan que en la convencion de Viena dice que el tratado es de menor rango, ya he leido un poco en ese texto pero no encuentro nada, otros dicen que en el mismo tratado, pero no encuentro el citado tampoco, por lo que le pido que me ayude a darle soporte a ese argumento citando los capitulos, articulos o apartados, si es tan amable, pues aunque estoy en contra del tratado no puedo dejarme llevar por lo que dicen sin estudiar bien el caso.
A primera vista me dejo llevar por lo que leo, sin embargo se mencionan cosas que uno jamas entenderia si no las dan a conocer claramente.
Y creo que el problema es tan grande que ni en la asamblea estan claros porque no se ha establecido por cuantos votos estaria aprobado, que es ahi un punto importante para saber si es de menor rango o superior.

fernandito dijo...

Para mi esta claro q la constitucion esta arriba del TLC, el problema esta en que la constitucion x si misma no defiende todos los intereses costarricenses y particulares, para eso existen las leyes, pero nosotros tenemos esa idiota frase de la constitucion que pone a los tratados arriba de las leyes, lo cual no pasa x ejemplo con USA, q x mas TLC ellos le dan prioridad a sus leyes como la farm bill sobre subvenciones del agro, asi que el meollo del asunto esta en lo desprotegidos que nos deja el TLC en caso de que nos queramos defender con NUESTRAS leyes y no podamos xq las diferencias con las empresas las vamos a tener q arreglar en arbitrajes y no en nuestros juzgados...

Fénix dijo...

Creo que. Si teóricamente la constitución está por encima del TLC, en la práctica, los defensores del TLC de afuera y de adentro haran lo que siempre han hecho en nuestro país: lo que les da la gana.

Saludos:

http://diariosdelperu.blogspot.com/